El 18 de abril de 2024, se promulgó la Ley N° 32002, la cual autoriza el retiro de la AFP de manera extraordinaria y facultativa de los fondos de los afiliados al sistema privado de pensiones hasta por un monto de cuatro unidades impositivas tributarias (UIT). Esta ley representa una oportunidad significativa para los afiliados que necesiten acceder a sus fondos de manera excepcional.
Procedimiento para el Retiro
Según el artículo 2° de la Ley N° 32002, el procedimiento para solicitar el retiro de los fondos es el siguiente:
- Presentación de la Solicitud:
Los afiliados deben presentar su solicitud de retiro de manera física o virtual dentro de los 90 días calendario posteriores a la entrada en vigor del reglamento de la ley.
- Desembolso de Fondos:
Se abona un monto de hasta 1 UIT cada 30 días calendario. El primer desembolso se realiza 30 días calendario después de la presentación de la solicitud ante la administradora privada de fondos de pensiones (AFP).
- Desistimiento del Retiro:
En caso de que el afiliado desee desistir de continuar retirando los fondos de su cuenta individual de capitalización (CIC), puede solicitarlo una única vez a la AFP, 10 días calendario antes del siguiente desembolso.
Condición de Intangibilidad de los Fondos
Es importante destacar que los fondos retirados mantienen su condición de intangibles. Esto significa que no pueden ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención o cualquier forma de afectación, ya sea por orden judicial o administrativa, sin importar la cuenta en la que hayan sido depositados. La única excepción a esta regla son las retenciones judiciales o convencionales derivadas de deudas alimentarias, las cuales pueden afectar hasta un máximo del 30% de lo retirado.

Reglamento Operativo
La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) será la encargada de elaborar el reglamento operativo para el correcto procedimiento del retiro extraordinario. Este reglamento deberá ser emitido en un plazo no mayor a quince días calendario desde la entrada en vigor de la ley.
Conclusión
La Ley N° 32002 proporciona una opción valiosa para los afiliados al sistema privado de pensiones (Retiro AFP) que necesitan acceder a sus fondos de manera extraordinaria. Con un procedimiento claro y la garantía de intangibilidad de los fondos retirados, esta ley asegura que los afiliados puedan utilizar sus recursos de manera segura y efectiva. Es fundamental que los afiliados comprendan los pasos a seguir y los plazos establecidos para maximizar los beneficios de esta ley